CARTEL DE CITACIÓN SE HACE SABER:
Que ante este Tribunal la ciudadana Ygnacia De Dayola Arraiz, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.258.838, asistida por las profesionales del derecho Tiostima Duran Castellanos y Marisol Briceño Ortiz, venezolanas, mayores de edad, inscritas en el I.P.S.A. bajo los Nros. 130.265 y 143.293 en el mismo orden, y de este domicilio; intentó la acción de Rectificación del Acta de Matrimonio Nro. 345, de fecha 24/08/1992, registrada ante la Prefectura del Municipio Guanare del Estado Portuguesa (ahora Registro Civil del Municipio Guanare Estado Portuguesa), inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios del año 1992, manifestando que en dicha Acta de Matrimonio se incurrió en un error material involuntario: «…se transcribió mi nombre de manera errada como YGNACIA DAYOLA ARRAIZ, omitiendo las letras DE, debiendo ser lo correcto YGNACIA DE DAYOLA ARRAIZ»; en el acta que reposa en la Oficina de Registro Civil del Municipio Guanare del Estado Portuguesa, la cual fue anexada a la solicitud». En tal sentido, se advierte a todas aquellas personas que puedan tener interés directo y manifiesto en el juicio que deberán comparecer ante este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, ubicado en la Calle 16, entre Carreras 4 y 5, frente a la Plaza Bolívar, Edificio Palacio de Justicia, Segundo Piso, Guanare Estado Portuguesa, Teléfono 0257- 2534202. Correo Electrónico: [email protected], AL DÉCIMO DÍA DE DESPACHO SIGUIENTE contado a partir del día siguiente de despacho a que conste en autos la consignación de la publicación del presente cartel que por la prensa se haga, con el propósito de que hagan valer sus derechos frente a tal solicitud. Publíquese el presente cartel en un diario de amplia circulación nacional en dimensiones lo suficientemente legibles, de lo contrario se ordenará nueva publicación. Fecha de Publicación: 01/02/2024.