Desde este primero de junio los larenses deberán regir sus actividades bajo el decreto N° 04041 emitido por la Gobernación del estado Lara, el cual amplía la circulación de los ciudadanos desde las 7:00 a.m hasta las 5:00 p.m, bajo las respectivas normas de bioseguridad.
De esa manera, el servicio de transporte público y privado queda autorizado para laborar desde las 6:00 a.m hasta las 5:00 p.m. Además cada transportista deberá exigir el uso de tapaboca a los pasajeros dentro de la unidad.
En el texto también se reseña que solo podrán circular después de las 5:00 de la tarde los organismos de seguridad, trabajadores del sector salud, así como alimentación, servicios públicos, (gas, agua, electricidad y telecomunicaciones desechos, sólidos), agroindustria pública y privada, y todos aquellos que se encuentren cumpliendo funciones necesarias e inherentes a la ejecución de medidas de prevención dictadas por el Ejecutivo Nacional.
Además queda prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en espacios públicos y abiertos. Mientras que los establecimientos de ventas de comida, solo podrán ofrecer sus servicios para llevar a través de repartos a domicilio, que estará autorizado por las alcaldías y hasta las 8:00 p.m.
Con relación a las entidades bancarias, consultorios médicos y odontológicos, así como ventas de repuestos, talleres mecánicos, tapicería, carpintería, industria textil, calzado, peluquerías y servicio personalizado de plomería y refrigeración deberán cumplir el horario anunciado por las autoridades nacionales.
Por Anderson Piña Pereira
Foto: Archivo El Informador