“DECLARACIÓN DE DERECHOS CAMPESINOS.”
¿Una nueva herramienta para fortalecer los derechos de las comunidades rurales?”
PARTE I.
La Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y de Otras Personas que Trabajan en las Zonas Rurales fue adoptada en Nueva York el 17 de diciembre de 2018 durante la sesión 73 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. La votación realizada para su aprobación tuvo como resultado: A favor: 121; En contra: 8; Abstenciones: 54.
Esta Declaración es producto de un gran trabajo de incidencia impulsado desde la sociedad civil. Se trata de buscar cómo poner en valor este tipo de incidencia pública de alto nivel, así como resaltar los horizontes de posibilidades que abre la Declaración en la exigibilidad de derechos para los campesinos
La Declaración de los Derechos de campesinos y otras personas que trabajan en zona rural es una herramienta para que dichos actores puedan exigir el cumplimiento de sus derechos, como así también reclamar políticas públicas que respeten y fomenten su agricultura y forma de producción, que promuevan la soberanía alimentaria y todo aquello que mejore los medios para habitar el territorio, posibilitando la elección de permanencia en él y evitando que deban migrar por la falta de condiciones mínimas que aseguren una vida digna; el llamado “éxodo a caseríos, pueblos o a las grandes ciudades, donde generalmente se integran a la delincuencia y/o a las drogas. Hoy en día, en Venezuela, la migración constituida por la diáspora de los ciudadanos que huyen del desastre político económico en el cual sobreviven los que no han tenido la oportunidad de irse a otros países en la búsqueda del ansiado bienestar social que les permite enviar medicamentos, alimentos y dinero a sus seres queridos.”
Esta declaración envía un mensaje fuerte para que se reconozca el rol fundamental de los campesinos, abriendo perspectivas de futuro para que se respeten condiciones de vida y de trabajo decentes. Necesitamos esta Declaración para promover la implementación de sistemas alimentarios sostenibles.
En primer lugar, la declaración reconoce como campesinos a quien se dedique o pretenda dedicarse de forma individual, asociada o comunitaria a la producción agrícola. Seguidamente, consagra los siguientes derechos:
El derecho a la tierra que se define como el acceso, el uso y la gestión de la tierra, elementos necesarios para respetar el derecho a un nivel de vida decente, a la salud, a participar en la vida cultural, al acceso a la justicia, al agua potable y saludable, limpia y al saneamiento de la misma, así como el derecho a estar protegido contra desalojos “injustos”, contra la contaminación, entre otros. Estas nociones implican libertades y derechos que resultan fundamentales para el respeto de los derechos de las poblaciones rurales.
El derecho a las semillas y a la biodiversidad, que incluye el derecho de guardar, almacenar, transportar, intercambiar, dar, vender y reutilizar las semillas campesinas. Al desarrollar sus propias semillas, les agricultores construyen sistemas agrarios más resilientes y más sostenibles, capaces de alimentar la población a pesar del cambio climático.
Se reconocen los derechos colectivos, expresado como el derecho a fundar organizaciones, ser reconocidos jurídicamente, opinar libremente y a buscar, recibir y difundir información vinculada a los procesos de producción, elaboración y comercialización de los productos. Esto se refieren a la manera en la cual se organizan las poblaciones rurales, particularmente lo relativo al acceso y gestión de sus recursos (ya que la mayoría de ellas son socialmente definidas y se organizan de manera colectiva). Fuente: https://www.ritimo.org/
El Estado venezolano formó parte del grupo de los 121 países que suscribieron esta Declaración (en la cual, observo un tinte político parcializado), próximos a cumplirse cuatro años de su aprobación, les insto a analizar la situación del medio rural venezolano y sacar sus propias conclusiones. Continuará…