HACE SABER | Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial de Lara acordó librar edicto a los herederos desconocidos de: WILMER ARCADIO HERNÁNDEZ ARRIECHE. Fecha de publicación: 02/11/2024 < El Informador Venezuela
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HACE SABER | Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial de Lara acordó librar edicto a los herederos desconocidos de: WILMER ARCADIO HERNÁNDEZ ARRIECHE. Fecha de publicación: 02/11/2024

 

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

 

Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de enero de dos mil veinticuatro
213° y 164°

 

ASUNTO: KP02-V-2023-000906

 

EDICTO:
HACE SABER:

 

Que este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara acordó librar edicto a los herederos desconocidos del ciudadano quien en vida se llamase: WILMER ARCADIO HERNANDEZ ARRIECHE, titular de la cedula de identidad V-5.012.466, según acta de defunción emitida por la República del Perú DNI 25760458 con el numero de apostilla N MRE7409161528372514555 emitida por la República de Perú. En consecuencia, se acuerda publicar el presente edicto en los Diarios La Prensa y El Informador de esta ciudad, debiéndose publicar por lo menos durante sesenta (60) días, dos veces por semana, a objeto que los sucesores de los ciudadanos antes identificados, o cualquier persona que considere tener interés directo y manifiesto en el presente juicio comparezcan por ante este Tribunal, dentro de los sesenta (60) días siguientes a la constancia en autos de la publicación del último edicto a darse por citados en el presente proceso, en la siguiente dirección: Carrera 17 entre calles 25 y 25, Edificio Nacional, segundo Piso, ala Noreste; en el horario comprendido entre 8:30 a.m. y 3:30 p.m. de conformidad con lo establecido en los artículos 144 y 231 del Código de Procedimiento Civil. Una vez cumplido con las formalidades se procederá a designar defensor ad litem a los herederos desconocidos de conformidad con lo establecido en el articulo 232 ejusdem.-

 

LA JUEZ PROVISORIA

ABG. YOXELY CAROLINA RUIZ SANCHEZ

EL SECRETARIO

ABG. KLIBER VALENZUELA GRATEROL

YCRS/KVG/YMRM

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