Con una votación seis a tres, la Sala Plena de la Corte Constitucional de Colombia, declaró inconstitucional la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños, niñas y adolescentes en el país.
La medida fue bien recibida en un comienzo por algunos sectores de la sociedad debido al constante número de casos denunciados, pero la Sala acogió los argumentos de la ponencia de la magistrada Cristina Pardo, quien se mostró de acuerdo con los argumentos de una demanda presentada por el Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes.
En esencia, la querella sostenía que el Acto Legislativo por el cual se creó la ley de cadena perpetua desconocía la dignidad humana de los condenados.
Consideraban, además, que lo que se debe buscar es la resocialización como forma de garantizar la dignidad humana de los condenados y que el Estado debe garantizar los medios para lograr que los reclusos se reintegren a la sociedad.
Entre los argumentos que tuvo la Corte para tumbar la condena perpetua para los violadores de niños está que, se sustituyó la Constitución y se violó el principio de no regresividad en derechos humanos./SYGA
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