Los pagos por tarjetas internacionales en Venezuela están exonerados del nuevo impuesto a las transacciones con divisas, según el decreto N° 4.647 publicado en Gaceta Oficial N° 6.689.
Eso significa que las personas que usen tarjetas de débito o crédito de cuentas de cualquier país no tendrán que cancelar la alícuota de 3 % contemplada en la reforma de la Ley del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF).
La exoneración del impuesto sólo aplicará para quienes hagan los pagos en bolívares y a través de puntos de pago debidamente autorizados, con lo que quedan excluidos algunos puntos de venta que se utilizan informalmente en determinados comercios y que realizan el cobro directo en dólares.
También estarán exentas del nuevo impuesto las transacciones que se hagan por tarjetas de débito con cargo a cuentas en dólares o euros de la banca nacional, según el artículo 5 del decreto. El decreto tendrá una vigencia de un año, contado a partir de la publicación en Gaceta Oficial con fecha del 25 de febrero del 2022.
Vía El Nacional
Foto: Exoneradas de impuesto tarjetas de débido y crédito en transacciones extrafronteras