SE INTIMA: A las ciudadanas MICHELE COLETTA PEDICINO Y GENNARINA PONTICELLI DE COLETTA, extranjeras, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. E-374584 y E-628.385 respectivamente, que por auto de esta misma fecha, se ordenó su intimación por Carteles de conformidad con el Artículo 650 del Código de Procedimiento Civil y en tal sentido una vez conste en autos la última publicación del presente Cartel en los Diarios «LA PRENSA e INFORMADOR» de esta ciudad y su fijación en su domicilio, empezará a correr el lapso de DIEZ (10) DÍAS DE DESPACHO para que comparezca a darse por intimado. A continuación se transcribe integramente el decreto intimatorio, el cual es del tenor siguiente: «A) VEINTE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 20.575.000,00) por concepto de Honorarios Profesionales judiciales; para que se oponga, ó en su defecto se acoja al derecho de retasa, advirtiéndole que en caso de no hacerlo se procederá como en sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Librese boletas intimación, una vez conste en autos copia fotostáticas del libelo de demanda y del presente auto de admisión. Así se establece. La Juez Provisoria. (fdo) Abg. Johanna Dayanara Mendoza Torres. El Secretario. (fdo) Abg. Luis Fernando Ruiz Hernández.» Se le advierte que de no comparecer en el lapso indicado, se procederá a designar Defensor Ad-Litem, con quien se entenderà la intimación y demás trámites del juicio. La Juez Provisorio. Fecha de Publicación: 05/04/2024.