Las etnias minoritarias de Venezuela no irán a las urnas el próximo 6 de diciembre como cualquier otro ciudadano, sino que votarán a mano alzada a unos delegados que, posteriormente, elegirán, en nombre de la comunidad, a los diputados que los representarán en la Asamblea Nacional durante el período 2021-2026.
Si bien el sistema de voto por delegados ya se usó en los comicios a la Asamblea Nacional Constituyente, no fue hasta la reciente reforma previa a las próximas elecciones que se incluyó formalmente en el reglamento electoral.
Ante esta flagrante violación a la normativa constitucional, el portal 800Noticias reseñó que los representantes de catorce organizaciones legalmente constituidas y los líderes de los 20 pueblos multiétnicos del estado indígena del Amazonas remitieron un escrito al Consejo Nacional Electoral (CNE) para expresar su queja y denuncia “categórica” de lo que consideran un “atropello”.
Su reclamación subraya que el CNE “pretende coartar, limitar y cercenar los derechos constitucionales de los pueblos y comunidades indígenas y sus organizaciones, a la participación política al Parlamento Nacional en términos de igualdad, usos y costumbres” para la elección de sus representantes.
El documento, dirigido a los rectores del ente electoral, recuerda el contenido íntegro del artículo 63 de la Carta Magna: “El sufragio es un derecho. Se ejercerá mediante votaciones libres, universales, directas y secretas. La ley garantizará el principio de la personalización del sufragio y la representación proporcional”.
Firmemente apegados a la Constitución, los indígenas reivindican el respeto “íntegro” a sus derechos, que -aseguran- se están violando con el sistema de voto impuesto para las próximas elecciones.
La nueva normativa electoral que afecta a los pueblos originarios está hecha, según los afectados, sobre una base de “vicios e ilegalidad de forma y de fondo en todo su contexto, como norma de orden sublegal que contraviene la norma suprema como lo es la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”.
Además, consideran que es “grave” que el reglamento no haya sido consultado “de buena fe” a los 45 pueblos y comunidades indígenas con “vida activa” en los estados Zulia, Mérida, Trujillo, Bolívar, Delta Amacuro, Anzoátegui, Monagas, Sucre, Apure y Amazonas, de modo que se diera la opción de hacer “aportes, planteamientos y propuestas”.
Recuerdan que el derecho a la consulta previa sobre este tipo de cuestiones está “consagrado en la Constitución, en la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (LOPCI) y en el Convenio Internacional 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”.
Otra de las múltiples reclamaciones que plantean es por “ambigüedad jurídica y la traba burocrática partidista”, que -aseguran- es ajena a los usos y costumbres de los pueblos indígenas nacionales “que tienen diversas formas y tradición cultural propia de elegir tanto a sus autoridades tradicionales o legítimas”, más allá del sistema de “mano alzada”.
“Resulta sospechoso que esto (voto a mano alzada) se quiera implementar por primera vez de una manera prematura y amañada a intereses partidista contrario a la conquista alcanzada y progresiva de los derechos humanos fundamentales de los pueblos indígenas en cuanto a su participación política”, reiteran las etnias minoritarias en su denuncia.
Foto: vía Contrapunto