Andrés Giussepe, uno de los accionantes, solicitó al TSJ el miércoles 6 de noviembre copia certificada de la sentencia 0603 emitida por la Sala Constitucional, el 4 de noviembre, en la que se declara inadmisible el recurso de abstención o carencia contra el CNE.
Se trata del recurso que suscribió la abogada María Alejandra Díaz, suspendida por el TSJ de su ejercicio profesional, por la no publicación de los resultados desagregados de los comicios del de julio.
Díaz señaló que la sentencia no ha sido publicada en extenso en la página web del TSJ «como corresponde a los principios de acceso, transparencia, debido proceso y publicidad de las decisiones del tribunal y desconocemos la motivación de la misma».
El recurso sobre los resultados de los comicios de julio interpuesto por el Frente Democrático Popular (FDP).
AC