Ante la contundencia de las pruebas presentadas por el Ministerio Público, fue condenado Pedro Manuel Campos Ruiz (56) a cumplir 30 años de prisión –la pena máxima contemplada en la legislación penal venezolana– por su responsabilidad en el feminicidio de su pareja, Isabel Concepción Flores Buriel (37).
Tal hecho ocurrió el 29 de julio del 2021 en el sector Cuevas de Guanire, perteneciente al municipio Sotillo del Estado Anzoátegui.
En horas de la noche de la citada fecha, funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc)de esa entidad federal fueron alertados sobre el hallazgo del cadáver de una mujer que presuntamente se había suicidado.
Inmediatamente, se conformó una comisión que se trasladó hasta el lugar de los hechos.
Una vez en el sitio, Campos Ruiz manifestó al Cicpc que había sostenido una discusión con la mujer porque quería que ella se fuese de su vivienda; y ella se negó, además de encerrarse en una de las habitaciones.
Según el relato del hombre, él ingresó a la habitación donde se encerró Flores Buriel, y la encontró en el suelo con su pistola personal en las manos y sin signos vitales.
Tras labores de investigación coordinadas por el Ministerio Público, se comprobó que el quincuagenario le había efectuado un disparo mortal a nivel pectoral; por lo que resultó aprehendido el 12 de agosto del 2021 por funcionarios del mencionado organismo policial, en respuesta a una orden de aprehensión acordada por el Tribunal 2° de Control de la entidad.
Durante el juicio, la Fiscalía 24ª de la mencionada jurisdicción ratificó la acusación contra Campos Ruíz por la comisión de feminicidio agravado y posesión ilícita de arma de fuego.
Una vez que la representación fiscal evacuó los medios de prueba concernientes al caso, el Tribunal 1° de Juicio dictó la citada condena contra el hombre, y ordenó que cumpla sentencia en el Centro de Reclusión Agroproductivo de Barcelona, en el mismo Estado Anzoátegui.
Fuente: Nota de Prensa del
Ministerio Público venezolano
Gráfica: Referencial
RG