REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio
Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dos de mayo de dos mil veinticinco
215º y 166°
ASUNTO: KP02-S-2025-001639
EDICTO
HACE SABER:
Que ante este Tribunal cursa el presente asunto relativo a la solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentada por los ciudadanos ANGELA PASTORA SANCHEZ DE HERRERA, NATALIA YENNINE HERRERA SANCHEZ, RUBEN DARIO HERRERA SANCHEZ Y HERNAN RAFAEL HERRERA SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-3.533.708, V-16.138.423, V-12.435.527 Y V-7.422.033, asistidos por el abogado en ejercicio AROLDO PIÑA, inscrito en el IPSA bajo el N° 138.762, en su carácter de cónyuge e hijos del De-Cujus HERNAN RAFAEL HERRERA, quien era venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° V-2.537.608, quien falleció Ab-Intestato en el Hospital General Dr. Luis Gómez López de Barquisimeto, Estado Lara, según consta en Acta de Defunción de fecha 27 de junio de 2024, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara, este Tribunal le da entrada, anotándose en el libro respectivo. En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del artículo 507 del Código Civil, se publicara el presente edicto, a fin de que cualquier persona que tenga interés directo y manifiesto en el asunto, concurra ante este Tribunal DENTRO DE LOS DIEZ (10) DIAS DE DESPACHO SIGUIENTES a la constancia del mismo, a hacerse parte en el juicio
EL JUEZ SUPLENTE,
ABG: TOMAS E. BRITO.
LA SECRETARIA,
ABG. SLAYNE AULAR
TEB/SA/vyto