REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio
Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve (29) de enero de dos mil veinticinco (2025)
214° y 165°
ASUNTO: KP02-V-2024-002289
CARTEL DE CITACIÓN
SE HACE SABER:
A las ciudadanas: CETTINA LUPO Y SILVIA LUPO (cuya identificación se desconoce), con domicilio en la siguiente dirección: Avenida Venezuela entre Calles 16 y 17, Casa Nro. 16-72, Barquisimeto Estado Lara; en su condición de partes demandadas, como herederas conocidas del ciudadano: SALVADOR LUPO CASSIBA, quien en vida fue venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-4.734.642, que deben comparecer por ante este Tribunal, ubicado en: La Carrera 17 entre Calles 24 y 25, Edificio Nacional, Piso 1, Oficina 23, Ala Noroeste, Barquisimeto Estado Lara, dentro de: LOS QUINCE (15) DÍAS DE DESPACHO SIGUIENTES, a la constancia en autos de haberse cumplido con las formalidades de la publicación, consignación y fijación que del presente cartel se haga en el presente asunto, dentro de las horas comprendidas de despacho entre las (8:30a.m. y las 3:30p.m.), a darse por citadas, todo con motivo a la demanda de: PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA, que tiene intentada en sus contra la ciudadana: ANA PATRICIA LEÓN RODRÍGUEZ, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.265.730 y de este domicilio, y quien se encuentra representada en este acto por el Abogado en Ejercicio: GREDDY EDUARDO ROSAS CASTILLO, quien se encuentra inscrito por ante el (I.P.S.A.), bajo el N° 119.372, en su carácter de: Apoderado Judicial, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.
Con la advertencia que de no comparecer en el lapso anteriormente señalado ni por sí, ni mediante Apoderado (a) Judicial alguno, se les designará Defensor Ad-Litem, con quien se entenderá la citación y demás trámites legales del juicio.
Dicho cartel deberá publicarse en dos (02) diarios de mayor circulación de la localidad, es decir en el diario la prensa y el informador de esta ciudad, con intervalo de tres (03) dias entre uno y otra publicación, en tamaño de letra legible.
El Juez,
Abg. Hilarión Antonio Riera Ballestero.
La Secretaria Accidental,
Abg. Maria Eugenia Rincones Yajure.
HARB/MERY/IASG