Este miércoles 11 de mayo, la Corte Constitucional de Colombia despenalizó con seis votos a favor y tres en contra, el suicidio médicamente asistido (SMA), en el que, a diferencia de la eutanasia, es el paciente el que ejecuta la acción para acabar con su vida.
La decisión avala el SMA para los mismos requisitos en los que hoy es permitida una eutanasia: cuando el paciente esté diagnosticado con una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable, cuando padezca de intensos dolores físicos o psíquicos por cuenta de ello que sean incompatibles con su idea de vida digna, cuando manifieste expresamente su intención y la asistencia la preste un médico.
El alto tribunal decidió legalizar este procedimiento tras estudiar una demanda presentada por Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLAB), en contra del inciso segundo del artículo 107 del Código Penal que penaliza la inducción al suicidio, dando entre 16 y 36 meses de cárcel a quien induzca o apoye a una persona a suicidarse con la intención de poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal grave o incurable.
El alto tribunal condicionó el artículo en comento para dejar en claro que no es delito y que, al contrario, es un procedimiento constitucionalmente protegido, la asistencia médica a la persona que manifieste su deseo de terminar su propia vida en las condiciones citadas.
La demanda aseguraba que penalizar el SMA vulneró el derecho a morir dignamente, a la vida digna, al libre desarrollo de la personalidad al impedir el acceso a una ayuda médica para que las personas que así lo deseen, pueden poner fin a su vida de una manera acompañada y protegida.
“Algunas personas pueden preferir la eutanasia, unas veces porque no pueden causar su propia muerte y otras veces porque no quieren. En otros casos, las personas prefieren poner ellas mismas fin a sus vidas (suicidio médicamente asistido) y al hacerlo buscan tener la ayuda necesaria para lograrlo de forma segura, acompañada y protegida”, decía la demanda que señala que legalizar el procedimiento, se logra que este sea “transparente, acompañado, protegido y seguro”.
Con esta decisión, Colombia se suma a Suiza, Países Bajos, Luxemburgo, Canadá, Australia, España, Alemania y a algunos estados de Estados Unidos en donde el SMA es legal.
Fuente: El Nacional