Plaza Wohnsiedler un Patrimonio Cultural
Desde 1948 con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ha sido un factor tomado en cuenta, el Derecho a la Cultura, tipificado en el Artículo 27.1 de la misma y con base a ello desde esa época se viene defendiendo entre otras aspectos, el denominado Patrimonio Histórico, que a partir de 1972 pasó a llamarse Patrimonio Cultural, con la aprobación por parte de la UNESCO de la Convención para la Protección y Defensa del Patrimonio Cultural.
Sin embargo, el término se viene planteando desde 1928 en el Primer Congreso de Arquitectura Moderna, que tuvo lugar en Atenas, fue señalado como Patrimonio Histórico, lo que se reproduce en la Carta de Atenas de 1931 que contribuyó indiscutiblemente al desarrollo de un amplio movimiento internacional, que se concretó especialmente en documentos como los del gran arquitecto Le Corbusier en sus “Principios de Urbanismo” de 1942, donde enfatiza la importancia de éste, como documento, como testimonio tangible del pasado, como información necesaria para que las generaciones presentes y futuras puedan tener un referente para el cabal entendimiento del pretérito en cualesquiera de sus enfoques.
Posteriormente en 1964, se efectúa otro gran evento internacional, que se constituyó en el antes y después de lo que es la restauración y conservación del Patrimonio Histórico, ya que se hacía esencial que los principios encaminados a la conservación y restauración de los monumentos, tenían que ser preestablecidos y formulados a nivel internacional, dejando, sin embargo, que cada país los aplicase teniendo en cuenta su propia cultura y sus propias tradiciones, es decir sus propias formas constructivas. Este evento, no fue otro que el Segundo Congreso Internacional de Arquitectos y Técnicos de Monumentos, reunido en Venecia, Italia, del 25 al 31 de mayo del año en referencia.
La Carta de Venecia, va a generar una nueva percepción conceptual con respecto a la conservación y la restauración, lo que va a originar instituciones tan importantes como el ICOMOS, fundado en 1965, una organización internacional no gubernamental asociada con la UNESCO, dedicada a la promoción de la teoría, la metodología y la tecnología aplicada a la conservación, protección y puesta en valor del Patrimonio Cultural. Sus trabajos se basan en los principios consagrados en la Carta Internacional de 1964 sobre la conservación y la restauración de monumentos y sitios, denominada Carta de Venecia, a la que hemos aludido en las líneas precedentes.
Con base a toda esta experiencia, la UNESCO promulga la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, en la Conferencia General celebrada en París del 17 de octubre al 21 de noviembre de 1972 en su 17º reunión, que ha venido a ser el instrumento jurídico internacional, contentivo de la normativa para la protección y defensa del Patrimonio Cultural, de la cual Venezuela es signataria y por lo tanto sus postulados son vinculantes en el derecho interno venezolano, en una palabra, forman parte de la normativa especial que regula el Patrimonio Cultural en Venezuela, su uso y manejo, que a partir de 1993 con la Ley de Protección y Defensa, no sólo se crea un instrumento acorde con la experiencia internacional, sino de cara a la realidad nacional, con la cual también se crea el Instituto del Patrimonio Cultural, el IPC, que es la máxima autoridad en Patrimonio Cultural en nuestra nación.
Todo este fascinante universo, se consolida con la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que en su artículo 99 consagra:
“…Los valores de la cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano y un derecho fundamental que el Estado fomentará y garantizará, procurando las condiciones, instrumentos legales, medios y presupuestos necesarios. (…) El Estado garantizará la protección y preservación, enriquecimiento, conservación y restauración del patrimonio cultural, tangible e intangible, y la memoria histórica de la Nación. Los bienes que constituyen el patrimonio cultural de la Nación son inalienables, imprescriptibles e inembargables. La ley establecerá las penas y sanciones para los daños causados a estos bienes…”
En el año 2005, al crearse el Registro General del Patrimonio Cultural Venezolano, con ello se crea otro instrumento jurídico, como lo es el Instructivo para el Uso y Manejo del Patrimonio Cultural Venezolano, donde además con base a una Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, se establece que todo lo que está en el Registro General, es ley, es decir, está protegido por toda esta normativa especial, lo que se afianza aún más en el año 2014 con la promulgación de la Ley Orgánica de la Cultura, que reitera la disposición de Venezuela a cumplir con los postulados de los tratados internacionales suscritos y ratificados por el país, como la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural, así como también la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, aprobada por la Conferencia General de “la UNESCO”, en su 32ª reunión, celebrada en París del veintinueve de septiembre al diecisiete de octubre de 2003.
Ahora bien, en consecuencia lo que está en el Registro General del Patrimonio Cultural Venezolano, de acuerdo a lo expuesto, está protegido y por lo tanto cualquier intervención, debería contar con una autorización del Instituto del Patrimonio Cultural (IPC) que dicho organismo aprueba con base al proyecto que se les presente. Como suponemos ocurrió con el caso que nos ocupa en la entrega presente de Reseña de la Añoranza, referente a la Plaza Wohnsiedler, que se encuentra en el ángulo sureste de la carrera 16 con la calle 29, que fue antiguamente un solar con un surtidor donde acudían los vecinos a proveerse del preciado líquido y posteriormente allí se levantó un busto del General León Colina, pasando de ser llamada placita de La Paz, por estar frente al templo de Nuestra Señora de La Paz, hoy Santuario Eucarístico, a Plaza León Colina. No obstante, Romel Escalona (1993) señala que “…por Decreto del Concejo Municipal del 20 de marzo de 1907, se le da el nombre de Paseo Juares a la plaza de la Paz…” De la misma forma el Profesor Escalona señala que “…según Resolución del Concejo Municipal del 9 de enero de 1928, se procede a la construcción de las avenidas de la plaza de la Paz por el sistema de concreto y de las aceras correspondientes…” seguidamente el citado autor nos dice: “…En el Libro de Acta de Resoluciones del Concejo Municipal del año 1936, se menciona esta plaza con el nombre de general León Colina, existiendo un busto de este militar en el centro de la misma…”
Con motivo del cuatricentenario de Barquisimeto, en 1952 se realizaron una cantidad de actos y de obras enmarcadas en tan importante fecha y con la cual por primera vez se celebraba el cumpleaños de la ciudad capital del estado Lara, entre ellas la inauguración de la Plaza Wohnsiedler, de la que señala el Profesor Escalona: “…por Resolución del Concejo Municipal del 23 de junio de 1952, se da el nombre de “Padre Wohnsiedler” a esta plaza…” la misma que se encuentra en el Registro General del Patrimonio Cultural (2005) cuyo texto dice:
“….Sacerdote y músico nacido en Barquisimeto durante la segunda mitad del siglo XIX. Hermano de Simón Wohnsiedler. Se hizo sacerdote pero además tuvo formación musical. Contribuyó notablemente a iniciar a muchos niños y jóvenes en el camino de la música en el Colegio San Agustín, donde se desempeñaba como docente, enseñándoles teoría, solfeo e incluso, violín otros instrumentos de cuerda, como la bandolina y la guitarra. El cronista Antonio Álamo le atribuye la formación de la primera Banda Musical que existió en Barquisimeto, integrada por los alumnos del Colegio San Agustín…”
De tal manera, que por la Resolución No. 003-05 del Ejecutivo Nacional de fecha 20 de febrero de 2005, la Plaza Wohnsiedler está protegida por una extensa normativa especial que regula al Patrimonio Cultural en Venezuela, además de la Ley Regional de Patrimonio Cultural, la Ley Regional de Cultura y la Ordenanza de Cultura y Arte del Municipio Iribarren, amén de la Ley Orgánica de la Cultura.
¿Qué es lo que hace grandes a los pueblos? Si no es su cultura, la misma que se cimienta en sus valores históricos y tradicionales, como el clérigo Juan Pablo Wohnsiedler Moran, quien nació en Barquisimeto el 22 de marzo de 1846 y cuya vida se extendió hasta el 28 de junio de 1897, cuando a las nueve de la noche la campana mayor del templo Inmaculada Concepción resonaba con los golpes de su badajo anunciando el deceso de tan ilustre sacerdote y eximio ciudadano, insuperable preceptor y exquisito músico.
Por ello, la municipalidad consideró perpetuar su nombre en el bronce que lo inmortaliza con la Plaza Padre Wohnsiedler, que se inauguró el 14 de septiembre de 1952, donde el discurso de orden estuvo a cargo de ese gran curarigüeño, como lo fue el Dr. Virgilio Torrealba Silva. En esa oportunidad se cubrieron sus camineras de mosaicos, se levantó el pedestal recubierto de mármol, con el busto de presbítero Juan Pablo Wohnsiedler Morán y se dotó a la plaza de luminarias cuyos postes, eran una autentica obra artesanal de insuperable calidad, muy de moda en esa época, como lo fueron esos postes de concreto armando, que igualmente se distinguen desde 1945 en la Plaza Rafael Gonzales Pacheco, mejor conocida como plaza San Juan, en la plazoleta del Liceo Lisandro Alvarado (1946), en la Plaza Francisco de Miranda (1952) y en la Plaza José Macario Yépez (1952) entre otras, que eran fabricados por un español de apellido González, cuya exhibición del muestrario estaba en la calle 23 entre las carreras 19 y 20.
La Ley Orgánica de la Cultura (2014) trae algunas definiciones y entre ellas la de Patrimonio Cultural: “…es el conjunto de bienes y manifestaciones materiales, inmateriales y de la naturaleza heredados y contemporáneos, que producto de la actividad humana y sincretismo histórico se entienden y reconocen como resultado o testimonio significativo de la identidad cultural venezolana…”, de la misma forma esta ley nos dice sobre Cultura Venezolana. “…son las múltiples expresiones a través de las cuales el pueblo venezolano se concibe a sí mismo e interpreta al mundo, establece sus relaciones humanas con el entorno creado, la naturaleza, su memoria histórica, su sistema de valores y sus modos de producción simbólica y material; todo lo cual resalta la condición multiétnica, intercultural, pluricultural y diversa del pueblo venezolano en su conjunto…” y para finalizar el mismo instrumento legal acota sobre Identidad Cultural Venezolana: “…son las múltiples formas de conocernos, reconocernos, expresarnos y valorarnos; el sentido de pertenencia al pueblo venezolano, la significación social y la persistencia del ser en la unidad, a través de los múltiples cambios sociales, económicos, políticos e históricos; son elementos de la identidad cultural la unidad en la diversidad, memoria colectiva, la conciencia histórica y la organización social.
Patrimonio Cultural, conjunto de bienes, heredados y contemporáneo que se entienden y reconocen como resultado o testimonio significativo de la identidad cultural venezolana, esta última como múltiples formas de conocernos, reconocernos, expresarnos y valorarnos a través de los múltiples cambios sociales, económicos, políticos e históricos, donde está la conciencia histórica. Lo que nos lleva desde el punto de vista tanto antropológico como sociológico, a la significación del “mobiliario urbano” al que están circunscritos los postes de concreto de la Plaza Wohnsiedler que el pasado fin de semana fueron algunos de ellos demolidos por la Alcaldía de Iribarren, que como órgano municipal de conformidad con el artículo 178 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el 56 de la Ley Organiza del Poder Público Municipal, “…es el encargado de la ordenación y promoción del desarrollo económico y social (…) la aplicación de la política referente a la materia (…) de patrimonio histórico…” lógicamente entre otras de las funciones que le delega la Carta Magna al órgano municipal.
La devastación del Patrimonio Cultural, es un hecho y lo más lamentable, es que muchas veces ocurre por el desconocimiento de la extensa normativa que regula el uso y manejo del mismo en Venezuela y pese a que la postulados de la función pública estipulan, que los empleados deberían conocer en la funciones inherentes a sus cargos, las normas que son vinculantes a los mismos, esto escasamente se cumple en la actualidad, sobre todo en los presentes días, en que pareciese que hay un desprecio a nuestro pasado, a nuestra historia, al acontecer de épocas pretéritas del cual somos hijos hoy, ya lo decía el Padre de la Patria, el Libertador Simón Bolívar:
“…un pueblo ignorante, es instrumento ciego de su propia destrucción…”
Barquisimeto, domingo 12 de noviembre de 2023
Fuentes Consultadas:
CARTA DE VENECIA, 1964 (s/f) [Información en Línea] Disponible en: https://irpmzcc2.org/upload/secciones_archivos/02-carta-de-venecia-1964_201901041854.pdf
Catálogo del Patrimonio Cultural Venezolano (2005) Región Centro Occidente. Estado Lara. Municipio Iribarren. Publicación del Ministerio del Poder Popular para la Cultura / Instituto del Patrimonio Cultural. Impresos La Galaxia. Caracas. Venezuela.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2009). Gaceta Oficial Extraordinario No. 5908. Febrero 19, 2009. Caracas.
Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) Asamblea General de las Naciones Unidas. Resolución No. 217 A. Diciembre 10, 1948. París. Francia [Transcripción presentada, anotada y concordada con la Constitución venezolana por el Dr. Jairo García Méndez (2014) Universitas Fundación. Barquisimeto]
Escalona, R. (1993) Parques, Plazas y Monumentos de la Ciudad de Barquisimeto. Tipografía y Litografía Horizonte C.A. Barquisimeto. Venezuela.
ICOMOS (s/f) ¿Qué es ICOMOS? [Información en Línea] Disponible en: https://icomos.es/que-es-icomos/
Ley de la Cultura del Estado Lara (2016) Gaceta Oficial del Estado Lara, Diciembre 13, 2016. Barquisimeto.
Ley del Patrimonio del Estado Lara (2003) Gaceta Oficial del Estado Lara, Agosto 08, 2003. Barquisimeto.
Ley de Protección y Defensa del Patrimonio Cultural (1993) Gaceta Oficial Extraordinario No. 4623. Septiembre 03, 1993. Caracas.
Ley Orgánica de la Cultura (2014) Gaceta Oficial Extraordinario No. 6154. Noviembre 28, 2014. Caracas.
Ley Orgánica del Poder Público Municipal (2010) Gaceta Oficial Extraordinario No. 6015. Diciembre 29, 2010. Caracas.
Ordenanza de Cultura y Arte del Municipio Iribarren (2004) Gaceta Municipal Extraordinaria No. 1965. Diciembre 17, 2004. Barquisimeto.
Pineda, V. (1934) Biografías y Recuerdos de Sacerdotes. Editorial Venezuela. Caracas. Venezuela.
Revista Maracaibo Social (1952). Volumen 1. Año 1. Núm. 8. Tip. Vargas. Caracas. Venezuela.
Rodríguez, N. (2017) Régimen Jurídico de los Bienes Declarados Patrimonio Cultural de la República. Tesis Doctoral para optar al Título de Doctor en Derecho. Universidad Católica Andrés Bello. [Trabajo en Línea] Disponible: http://biblioteca2.ucab.edu.ve.
Silva, E. (1978) La Función Pública. Publicación de la Contraloría General de la República. Caracas. Venezuela.
Silva, W. (1999) Anuario Biográfico del Estado Lara. Barquisimeto. Venezuela.
UNESCO (2023) El texto de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial [Información en Línea] Disponible en: https://ich.unesco.org/es/convenci%C3%B3n
UNESCO (s/f) Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural [Información en Línea] Disponible en: https://whc.unesco.org/archive/convention-es.pdf
Wikipedia (2023) Consejo Internacional de Monumentos y Sitios. [Información en Línea] Disponible en: https://es.wikipedia.org/wiki/Consejo_Internacional_de_Monumentos_y_Sitios