El cono monetario que entrará en vigencia desde el primero de octubre quedó establecido en la Gaceta Oficial número 42.185, con fecha 6 de agosto de 2021, y bajo el decreto N° 4.553.
Se señala, en el artículo 1 de la normativa, que se expresará la unidad del sistema monetario de Venezuela en el equivalente a 1 millón de bolívares actuales.
“El bolívar resultante de esta nueva expresión continuará representándose con el símbolo ‘Bs’, siendo divisible en cien (100) céntimos, como originalmente se estableció. En consecuencia, todo importe expresado en moneda nacional antes de la citada fecha deberá convertirse a la nueva unidad, dividiendo entre un millón (1.000.000)”, expuso.
A partir del primero de octubre los precios, salarios y demás prestaciones sociales deberán expresarse conforme al bolívar en su nueva escala. También los tributos y otras sumas en moneda nacional contenidas en estados financieros u otros documentos contables, o en títulos de crédito y en general, además de cualquier operación o referencia expresada en moneda nacional.
Para finalizar, el primer mandatario nacional expresó recientemente que se deben acuñar monedas con las denominaciones en céntimos que existieron anteriormente para que la población tenga para hacer las transacciones con mejor operatividad. /JU
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