Las organizaciones no gubernamentales (ONG), denunciaron que deben registrarse ante la Oficina contra financiamiento al terrorismo.
Esto luego de la implementación de una nueva normativa que establece una inscripción ante el “Registro Unificado de Sujetos Obligados” a aquellas personas naturales o jurídicas cuya actividad no se encuentra regulada por una ley especial, o personas que realicen actividades no financieras.
“Según providencia n.° 001-2021 publicada en Gaceta Oficial 42.098 (30/3/2021), el jefe de la Oficina Nacional contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento estableció una regulación que crea un registro en el cual deben inscribirse los sujetos que señala el Registro Unificado de Sujetos Obligados busca supervisar aquellos sujetos (personas naturales o jurídicas) cuya actividad no se encuentra regulada por una ley especial, o bien personas que realizan actividades no financieras que deben ser supervisadas”, detalla la ONG Acceso a la Justicia.
Entre los sujetos obligados a inscribirse en el Registro están las organizaciones sin fines de lucro.
Estos tienen el deber de suministrar información de sus actividades, detalla la denuncia, que además, califica la medida como «otra forma de control» del Estado.
Para la inscripción de organizaciones sin fines de lucro, la providencia señala que deben consignar una serie de recaudos, entre los que se encuentra la entrega de un listado de los organismos (nacionales o extranjeras) de los cuales reciba dádivas, donaciones o aportes.
Foto: Agenda Venezuela