Maracay (Estado Aragua): Pena máxima para mujer y su pareja por el homicidio del hijo de la dama, de un año y cinco meses de edad < El Informador Venezuela
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Maracay (Estado Aragua): Pena máxima para mujer y su pareja por el homicidio del hijo de la dama, de un año y cinco meses de edad

Foto: Referencial

A 30 años de presidio, la máxima pena que establece la legislación penal venezolana, fueron condenados Arelis Teresa Álvarez Pérez (32) y José Leonardo Mendoza Peña (36) por la responsabilidad de ambos en el homicidio del hijo de la mujer, de un año y cinco meses de edad.
La información, contenida en la página web del Ministerio Público venezolano, señala que tal hecho ocurrió el 29 de diciembre de 2023 en la ciudad de Maracay, capital del Estado Aragua.
Ese día, la madre del niño y su padrastro (Mendoza Peña) ingresaron de emergencia al pequeño en el Hospital Militar de Maracay.
Los médicos, que inicialmente trataron al infante por dificultad respiratoria, también se percataron de que presentaba lesiones corporales.
Al indagar sobre lo ocurrido, los médicos analizaron distintas versiones dadas por la pareja sobre el estado del niño.
Sin embargo, ninguno explicó de forma convincente la el origen y la gravedad de las lesiones que presentaba el niño.
Éste, tras varios intentos de reanimación y entubación, falleció a consecuencia de dichas lesiones.
Practicada la autopsia de ley, los resultados arrojaron que la causa de muerte del niño fue un traumatismo craneoencefálico y parálisis respiratoria causada por múltiples contusiones.
Ante tales hallazgos, los galenos solicitaron la presencia de funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana (PNB) para aprehender a la madre y el padrastro, para que fuesen puestos a disposición del Ministerio Público.
Durante el juicio, la Fiscalía 16ª del Estado Aragua ratificó la acusación contra Arelis Álvarez Pérez por el delito de homicidio intencional calificado y trato cruel.
Por su parte, se ratificó la acusación contra Mendoza Peña por el delito de comisión por omisión del primer tipo penal y trato cruel.
Una vez que la representación fiscal evacuó los medios de prueba inherentes al caso, el Tribunal 9° de Juicio en esa entidad dictó la citada condena contra la pareja, y ordenó su reclusión en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de Maracay; a la espera de un traslado posterior a otros centros de reclusión.
RG

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