REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción
Judicial del Estado Lara Barquisimeto, 3 de Diciembre de 2024 214 y 165″
ASUNTO: KP02-S-2024-003274
EDICTO SE HACE SABER:
Que en la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, intentada por el ciudadano el ciudadano GAUDIEL ANTONIO RODRÍGUEZ PÉREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 7.392.112, debidamente asistido por la abogada MARIAGNIS ESCALONA MENDOZA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N.º 266.698, en su condición de Defensora Publica auxiliar Integral Primera (1°) del estado Lara, mediante la cual pretende la rectificación del Acta de nacimiento que se encuentra inserta bajo el N° 523, Folio 263., de fecha 5 de marzo del año 1966, llevados por ante el Registro Civil de la Parroquia Catedral, del Municipio Iribarren del Estado Lara; por cuanto la misma presenta error en el nombre de la madre del ciudadano GAUDIEL ANTONIO RODRÍGUEZ PÉREZ es «FLOR MARIA PÉREZ» siendo lo correcto «FLOR DE MARIA PÉREZ» Por ello, este Tribunal, a tenor de lo dispuesto en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, ordenó emplazar mediante CARTEL a todas las personas que puedan ver afectados sus derechos por causa de la rectificación solicitada, para lo cual deberán comparecer por ante este Tribunal DENTRO DE LOS DIEZ DIAS DE DESPACHO DESPUES DE CONSTAR EN AUTOS LA PUBLICACION DEL PRESENTE CARTEL, a manifestar lo que consideren pertinente en relación a la presente solicitud.
El Juez
Abg. Jhonny José Alvarado Hernández
El Secretario
Abg/Lewis Carrasco Rangel
Jalvarado/Lcr/acp