PRIMER CARTEL DE REMATE| COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA (FACTURAS), presentada por MIGDALIA ELIZABETH JASPE BASTIDAS y ROGER DANIEL GONZÁLEZ VILLEGAS. Fecha de Publicaciòn: 21/01/2024. < El Informador Venezuela
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PRIMER CARTEL DE REMATE| COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA (FACTURAS), presentada por MIGDALIA ELIZABETH JASPE BASTIDAS y ROGER DANIEL GONZÁLEZ VILLEGAS. Fecha de Publicaciòn: 21/01/2024.

SE HACE SABER que en el juicio por COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA (FACTURAS), presentada por los Profesionales del Derecho ciudadanos: MIGDALIA ELIZABETH JASPE BASTIDAS y ROGER DANIEL GONZÁLEZ VILLEGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares ce las cédulas de identidad N: V-14.835.453 y V-19.148.131 respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los N: 165.552 y 243.735 correlativamente, con domicilio procesal calle principal, casa S/N, Sector Tamarindo, Parroquia Biscucuy, Municipio Sucre del estado Portuguesa, teléfonos de ubicación 0426-4562020 y 0412-1811040 en ese mismo orden, actuando en este acto como apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil «DROGUERIA PICO BOLÍVAR C.A.», inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en fecha 23-11-2016, Bao el N° 5, Tomo 482-A RM1 MÉRIDA, número de expediente 379-32052, cuatro trimestre del año 2013, R.I.F. 1408905949, domiciliada en el sector «Glorias Patrias», avenida 2-Lora, entre calles 34 y 35, edifico «Residencias Los Compadres», planta baja, local N° 10, Parroquia El Lano, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida en la persona de su representante legal ciudadano: JOSÉ GREGORIO COLMENAREZ OROPEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.941.969, con domicilio en la Parroquia Ozuna Rodriguez, Municipio Libertador del estado Mérida, según consta er Instrumento Poder debidamente autenticado ante la Notaria Publica Primera de Mérida estado Mérida, inserto bajo el N° 46, Tomo 1, Folios 161 hastal 154, ce fecha 18-01-2023, el cual anexa marcado con la letra «M»; contra la Sociecad Mercantil «FARMACIA LOS JOSÉ» C.A., debidamente Protocolizada por ante la Oficina del Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, inserto bajo el N° 03, Tomo 8-A, de fecha 27-04-2009; en la persona de sus representantes legales ciudadanos: ARMANDO JOSÉ GÓMEZ PATIÑO Y MARÍA RICARDINA MEJÍAS DE GÓMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N: V-2.943.797 y V-3.869.877 respectivamente, ambos con domicilio procesal en la calle Negro Primero, esquina carrera 7, Local S/N, sector el centro, parroquia Biscucuy Municipio Sucre del estado Portuguesa, y solidariamente a los ciudadanos: ARMANDO JOSÉ GÓMEZ RICARDINA MEJÍAS DE GÓMEZ, anteriormente identificados, será rematado en la sala de este Despacho, el dia y la hora que oportunamente se fijara, los siguientes bienes: un (01) bien inmueble consistente en: Un (01) Local Comercia y Garaje Terreno, ubicado en la calle Negro Primero con esquina carrera 7 Ricaurte, de la localidad de Municipio Sucre estado Portuguesa, con un área de construcción de 175,31 Mts, cuyos linderos son: NORTE: Calle «Negro Primero», anteriormente «Regeneración»; SUR: Bienhechurías que son o fueron propiedad de Juan María Pérez, hoy de Georgina Fernández Mejías; ESTE: Bienhechurias que son o fueron propiedad de Juan Maria Pérez, hoy de Gregoria Femáncez Mejías; OESTE: Calle «Ricaurte», el cual se encuentra debidamente Protocolizado por ante la Oficina de Registro Público de los Municipios Sucre y Unda del estado Portuguesa, Riscucuy hajo el N° 153, folios del 01 al folio 04, tomo Cuarto (IV), Protocolo Primero (1). Trimestre Tercero (III) del año 2011, de fecha 16 de Septiembre de 2011; asimismo los siguientes bienes muebles: un (01) Aire Acondicionado de 36000 BTU, una (01) Planta Eléctrica, un (01) Sistema de Vigilancia, dos (02) Estantes de Hierro de seis (06) Paños; un (01) Estante de Hierro y Vidrio, dos (02) Escritorios de Madera, una (01) Cortina, un (01) Modem Rauter, dos (02) Sillas de Visitante, una (01) Mesa Silla, un (01) Decodificador de DIRECTV, un (01) Monitor de 32″ Magic Queen, una (01) Maqueteria de Vidrio 2,451,97, una (01) Maqueteria de Vidrio 2,691,97, y una (01) Puerta de Vidrio y Aluminio Para más información concurrir por ante la secretaria de este Tribunal, en horas de despacho, comprend das dentro de las 8:30 a.m. a 3:30 p.m. El cartel deberá ser distintas ocasiones, de diez días, en letras que por sus dimensiones sean claramente legibles, caso contrario no se le dará publicado dos (02) diarios: uno de MAYOR CIRCULACIÓN REGIONAL y el otro de MAYOR CIRCULACIÓN NACIONAL, en tres el curso de ley. Se advierte que la consignación de la publicación en el expediente, deberá hacerse con el ejemplar del periódico o diario completo dentro del lapso de quince (15) días continuos a partir de que la parte actora reciba el cartel. La Jueza Provisoria. Fecha de Publicaciòn: 21/01/2024.

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