A partir de esta semana, la jurisdicción militar declinará la competencia de los casos a la jurisdicción ordinaria en todo el territorio nacional en cumplimiento de la reforma VI del Ministerio Público (MP) y con la reforma del Código Orgánico de Justicia Militar que prohíbe el juzgamiento de civiles en la justicia militar.
La información la ofreció el fiscal general de la República, Tarek William Saab, quien explicó que «como se trata de civiles juzgados por delitos militares, el ejercicio de la acción penal lo ejercerán los fiscales adscritos a la Dirección en lo Constitucional y Contencioso Administrativo adscrita a la Dirección General de Protección de Derechos Humanos».
Al ofrecer un balance de gestión, precisó que 185 personas han sido condenadas a partir de agosto de 2017 por el Ministerio Público (MP) por violaciones a los derechos humanos. De estas condenas, 119 corresponden al delito de homicidio en sus distintas calificaciones penales.
Cinco fueron por tratos inhumanos o degradantes, 10 por trato cruel, nueve por privación ilegítima de libertad, una por uso indebido de arma de fuego, una por usurpación y abuso de autoridad y 40 por otros delitos ordinarios que conoce por fuero de atracción la Dirección General de Protección de Derechos Humanos.
«Creo que es una cifra emblemática que refleja el trabajo de la justicia venezolana en pro de que no haya impunidad», resaltó.