EDICTO SE HACE SABER | Que ante este tribunal cursa solicitud de ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, formulada por la ciudadana KATIUSKA GIOCONDA CHATILA LABBIENTO N° V- 7.422.883. Fecha de Publicación: 22/08/2024 < El Informador Venezuela
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EDICTO SE HACE SABER | Que ante este tribunal cursa solicitud de ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, formulada por la ciudadana KATIUSKA GIOCONDA CHATILA LABBIENTO N° V- 7.422.883. Fecha de Publicación: 22/08/2024

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara

Barquisimeto, 16 de Enero de 2024

Años: 2130 y 1640

ASUNTO: KP02-S-2024-000045

EDICTO SE HACE SABER:

Que ante este tribunal cursa solicitud de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, formulada por la ciudadana KATIUSKA GIOCONDA CHATILA LABBIENTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 7.422.883, actuando en nombre propio y en representación de su madre la ciudadana CARLA LABBIENTO DE CHATILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 6.060.341, debidamente asistida por la abogada en ejercicio CANDIDA YARLENNY MENDOZA GUEDEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 226.550. Con la finalidad de que se les declare UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del de cujus, CHAFIC IBRAHIM CHATILA SINNO, quien falleció ab-intestato el día 01 de Agosto del año 2023, cuyo domicilio lo estableció en Sector Las Lomas 4, Parcela 17-A, casa Los Chati, Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara.

En consecuencia se publica el presente EDICTO a fin de que cualquier persona que tenga interés directo y manifiesto en el asunto concurra ante este Tribunal DENTRO DE LOS DIEZ (10) DIAS DE DESPACHO SIGUIENTES a la constancia en autos de la publicación y consignación del mismo, a exponer lo que crea conveniente.

La Juez Provisorio,

Abg. Arvenis Soiree Pinto Noguera.

La secretaria Suplente,

Abg. Nailee Castillo

NOTA: el Edicto deberá ser publicado en dimensiones que permitan su fácil lectura, en un tamaño no menor de 8 puntos, y destacándose mediante el uso del tipo de letra de

imprenta denominada «negrita» los nombres de las partes y el motivo del juicio

ASPN/NC/AT.-

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