Hoy es un día crucial para la Democracia Venezolana porque después de un proceso no excepto de polémicas y contrariedades, buena parte de la población electoral acudirá a los centros de votación seleccionados por la Comisión Nacional y la Junta Regional de Primarias para consignar sus preferencias por un candidato unitario de la oposición venezolana.
No valen excusas ni lamentaciones para no acudir a cumplir con esta obligación ciudadana. Hay muchas razones para votar, para no entrar en consideraciones controversiales, leamos las que expone en términos absolutamente legales la Presidenta de la Junta Regional de Primarias, doctora Nelly Cuenca. El Movimiento DECODE te invita a ser parte de esta fiesta ciudadana que celebraremos en toda Venezuela.
MOVIMIENTO DECODE RECLAMA PROTECCION PARA LAS PRIMARIAS
PRIMERO. Que la libertad es un derecho humano que tiene por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienable de todos los miembros de la comunidad humana y que las amenazas contra los mismos, su desconocimiento o menosprecio, han originado actos de barbarie, ultrajantes para la conciencia de la humanidad, según la Declaración Universal de los Derechos Humanos;
SEGUNDO: Que toda persona, legalmente capacitada, tiene derecho directamente o a través de sus representantes, de participar en las elecciones populares, que serán de voto secreto, genuinas, periódicas y libres, según lo dispuesto en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del hombre;
TERCERO. Que solo puede realizarse el ideal del ser humano libre, exento de temor y de miseria si se crean condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos políticos, civiles, culturales, económicos y sociales, según lo dispuesto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos;
CUARTO. Que los derechos al pluralismo político, no discriminación, seguridad ciudadana frente a situaciones que constituyan amenazas, vulnerabilidad o riesgos para la integridad física, propiedades y ejercicio de los derechos, libertad de expresión, participación política y el derecho al sufragio, están consagrados en la Constitución venezolana en sus artículos 2, 21:1, 55, 57, 62 y 63, respectivamente y, por tanto, el Estado debe, además de reconocerlos jurídicamente, protegerlos y garantizarlos;
QUINTO. Que el Estado debe facilitar las mejores condiciones para el ejercicio de la participación política, según lo dispuesto en el artículo 62 de la Constitución venezolana;
SEXTO. Que el derecho al sufragio es inherente a la ciudadanía, reside en el pueblo y los órganos del Estado emanan de la soberanía del pueblo y a ella deben sujetarse, según el artículo 5 de la Constitución venezolana;
SÉPTIMO. Que los derechos antes mencionados, además de sus carácter constitucional, forman parte de tratados internacionales, suscritos y ratificados por Venezuela, pero que a pesar del reconocimiento de los mismos, estos derechos siguen siendo objeto de importantes discriminaciones cuando los mismos son ejercidos por sectores políticos no afectos al gobierno nacional;
OCTAVO. Que la ELECCIÓN PRIMARIA es un ejercicio pacífico de derechos constitucionales;
NOVENO. Que han sido públicas, notorias y comunicacionales las amenazas contra la elección primaria auto gestionada por la soberanía del pueblo para elegir la candidatura que represente a los demócratas en las próximas elecciones presidenciales;
DÉCIMO. Que forma parte de la misión del Movimiento DECODE la promoción y protección de los derechos constitucionales en Venezuela y los consagrados en tratados internacionales suscritos y ratificados por Venezuela
Jorge Euclides Ramírez
Foto: Julio Colmenárez