Exp. KP02-V-2023-001439
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÀNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Barquisimeto, Ocho de octubre del 2024.
214° y 165°
SE HACE SABER:
Al ciudadano MAUNIR AZHATI DGENERE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-1.742.565, y de este domicilio, que en el juicio por motivo de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, intentado en su contra por los ciudadanos PEDRO PABLO SALCEDO Y JUAN JOSE SALCEDO GARCIA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nro. V-7.404.416. V-17.844.957, actuando en este acto debidamente asistidos por los abogados Héctor Alfredo Rosales y Rosario Elsy Sánchez, Inscritos en el I.P.S.A bajo los Nro 242.949 y 64.988, que deberá comparecer por ante éste Tribunal dentro de los QUINCE (15) días de despacho siguientes a la publicación, consignación y fijación del presente Cartel, el cual deberá ser publicado en los diarios El Informador y La Prensa de Lara de esta ciudad, a darse por citado, por si mismo o por medio de su representante legal o apoderado judicial. Se le advierte que en el caso de no comparecer en el lapso indicado, se les designará defensor «ad-litem», con quien se entenderá la citación y demás trámites del juicio.
La Juez Provisorio
Abg. Milangela Mercedes Jiménez Escalona
La Secretaria Accidental
Abg. Roxana José Ramírez Catari.
NOTA: Se ordena publicar en tamaño y letras legibles.
MMJE/RJRC/yde.-