A solicitud del Ministerio Público, fue privada de libertad Carmen Mayerlin Prato Molina, por su presunta responsabilidad en el homicidio de su cuñado, Manuel Alexander Tarazona (19), durante el incendio ocasionado a su vivienda.
Tal hecho ocurrió el pasado 18 de este mes de agosto en la urbanización Villa Country, ubicada en la parroquia “Pedro María Morantes” de San Cristóbal, capital del Estado Táchira.
De acuerdo con la investigación respectiva, durante la madrugada de la referida fecha, la victimaria se encontraba con su pareja y con unos amigos mientras compartían bebidas alcohólicas, dentro una discoteca situada en Barrio Obrero.
Allí, surgió una discusión entre Prato Molina y su novio luego de que éste recibiese una llamada telefónica de parte de su expareja.
Luego de ello, el hombre se retiró del lugar con destino hacia su domicilio.
¿Celos, acaso…?
Posteriormente, Prato Molina llegó bajo efectos del alcohol a la vivienda, pero, al no encontrar a su novio dentro de su habitación, se presume fue presa de un acceso de celos, por lo que prendió fuego a las prendas de vestir del referido novio, pero el fuego se salió de control.
En tal sentido, producto del incendio, en el lugar, falleció Tarazona completamente calcinado debido a que estaba dormido en ese momento.
En relación con el hecho, funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) de San Cristóbal lograron aprehender a Prato Molina para dejarla a disposición inmediata del Ministerio Público.
Vale señalar que, al momento de su aprehensión, Prato Molina llevaba consigo el encendedor empleado para iniciar el incendio, y un arma blanca.
La imputación
Durante la audiencia de presentación, la Fiscalía 7ª de Táchira imputó a la dama por la presunta comisión de homicidio intencional calificado en incendio con alevosía por motivos fútiles; daño violento a la propiedad e incendio intencional.
Una vez expuestos los elementos de convicción por parte de la representación fiscal, el Tribunal 8º de Control en esa entidad andina dictó la referida privativa de libertad en contra de Prato Molina, y ordenó su reclusión temporal en la sede del Cicpc en San Cristóbal.
(La información antes reseñada está contenida en la Página Web del Ministerio Público venezolano)
Gráfica: Referencial
RG