SE HACE SABER: Al ciudadano Wilfredo Francisco Parra Vargas, V-14.512.011; se le notifica que por Auto de fecha 10-10-2024. Fecha de Publicación: 24/10/2024 < El Informador Venezuela
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SE HACE SABER: Al ciudadano Wilfredo Francisco Parra Vargas, V-14.512.011; se le notifica que por Auto de fecha 10-10-2024. Fecha de Publicación: 24/10/2024

 

 

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CONTRALORÍA DEL ESTADO LARA

DIRECCIÓN DE CONTROL DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL Y OTRO PODER

JEFATURA DE POTESTAD INVESTIGATIVA

SE HACE SABER:

Al ciudadano Wilfredo Francisco Parra Vargas, titular de la cédula de identidad Nº V-14.512.011; se le notifica que por Auto de fecha 10-10-2024, dictado por la Jefatura de Potestad Investigativa de la Dirección de Control de la Administración Central y Otro Poder de la Contraloría del Estado Lara, se acordó practicar notificación mediante Cartel, de conformidad con el artículo 76 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA), en consecuencia deberá comparecer por ante la referida Jefatura, a fin de darse por notificado del Auto de Proceder de la Fase Investigativa, de conformidad con el artículo 77 y siguientes de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (LOCGRSNCF) en concordancia con el artículo 53 de la Ley de la Contraloría del Estado Lara (LCEL) y siguientes, en razón del Expediente N° DCACOP-PI-01-24, correspondiente a: “Auditoría de Seguimiento a las acciones correctivas implementadas en relación a la Actuación Fiscal Nº DCACOP006-19, denominada «Auditoria de cumplimiento dirigido a evaluar los aspectos organizacionales, legales, administrativos, presupuestarios y financieros relacionados con los procesos medulares y de apoyo durante el ejercicio económicos financiero 2017”, practicada en el Servicio de Atención  Integral al Niño, Niña y al Adolescentes (SAINA – LARA)”, por los hechos detallados en el Auto de Proceder a la Fase Investigativa de fecha 21-05-2024. Se le advierte, que se entenderá notificado una vez vencido el lapso de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha de la publicación del presente Cartel, quedando a Derecho para todos los efectos del Procedimiento. Vencido el lapso señalado y dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, podrá promover las pruebas que estime necesarias para su defensa, las cuales se evacuarán dentro de los quince (15) días hábiles siguientes, ello, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 y 55 de la LOPA, en concordancia con lo previsto en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se les informa que la sede de la Contraloría del Estado Lara, está ubicada en la urbanización El Parque, calle A-1, detrás del Centro Comercial Alfa, en horario de atención al público comprendido de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 04:00 p.m.

 

ABG. ANA LUISA GÓMEZ ZAMBRANO

Contralora del Estado Lara (P)

               Designada mediante Resolución Nº 01-000-000009, de fecha 26 de Enero de 2021,  emanada de la

Contraloría General de la República,  Publicada en Gaceta Oficial de la

República Bolivariana de Venezuela Nº 42.078, de fecha 02 de marzo de 2021.

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