La Suprema Corte de Justicia de México estableció este martes 24 de mayo, que una menor abusadas sexualmente puede someterse a un aborto sin el consentimiento de sus padres o tutores y sin que sea obligatoria una denuncia.
“En caso de violación ninguna niña o adolescente debe ser obligada a ser madre ni por el Estado, ni por sus padres, madres o tutores”, dijo Arturo Zaldívar, presidente del alto tribunal. “Cualquier obstáculo para obtener la interrupción del embarazo en estos supuestos supone una revictimización y una crueldad inimaginable”.
En respuesta a un recurso del estado de Aguascalientes, en el centro norte del país, la Corte determinó que la ley nacional que reconoce esos derechos es constitucional, que tales servicios deben prestarse en todo el territorio y que acatar dicha normativa no interfiere en las competencias del estado.
De este modo, las víctimas de violación sexual tienen derecho a solicitar el procedimiento de aborto en cualquier centro de salud aunque sean menores de edad y sin el visto bueno de sus tutores legales con tal de tener un escrito bajo protesta de decir verdad en el que se declaren víctimas de ese delito. Además, pueden decidir si presentan o no una denuncia en la fiscalía sin que ello determine su acceso a la interrupción del embarazo.
Durante la sesión, Zaldívar aseguró que obligar a mujeres o niñas a llevar a término un embarazo producto de una violación “implica un total desconocimiento de su dignidad humana, autonomía y libre desarrollo de la personalidad” y es una forma de violencia de genero.
La decisión supone un nuevo respaldo al derecho a decidir de adolescentes después de que en septiembre la Corte sentenciara que era inconstitucional la penalización del aborto y estableciera que los estados no tienen competencia para definir el origen de la vida. Después de ese fallo, varios estados modificaron sus leyes para acatarlo.
Fuete: AP