HACE SABER Que ante este Tribunal cursa el presente asunto relativo a la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana ASUAJE DE QUIROZ YADIRA COROMOTO,venezolana, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nro V-5.950.653, actuando en nombre propio y en representación sin poder de sus hijos, los ciudadanos, QUIROS ASUAJE DESIREE COROMOTO, QUIROZ ASUAJE SERGIO ALEJANDRO QUIROZ ASUAJE MARIELENA, QUIROZ ASUAJE MARIA ALEJANDRA titulares de las cédulas de identidad Nro. V. 14.405.957, V. 13.435.626, V 21.295.280 y V- 12.707.417, debidamente asistida por el abogado WOLGFANG ALDREDO HERNANDEZ SUAREZ, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 119.348, cual solicitan ser declarados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS su carácter de cónyuge e hijos del de-cujus SERGIO EDILBERTO QUIROZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad WV-7.336.025, quien falleció el día 10 de Marzo del 2024 en la ciudad de Barquisimeto Municipio Iribarren del Estado Lara, según consta en Acta de Defunción ro 781, expedida por el Registro Civil del Hospital Central Universitario Dr. Antonio Maria Pineda de la Parroquia Catedral Municipio Iribarren del Estado Lara, este Tribunal le da entrada, anotándose en el libro respectivo En consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del articulo 507 del Código Civil, se publicara el presente edicto, a fin de que cualquier persona que tenga interés directo y manifiesto en el asunto, concurra ante este Tribunal DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS DE DESPACHO SIGUIENTES la constancia del mismo, a hacerse parte en el juicio. La Juez Temporal. Fecha de Publicación: 26/03/2024.
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