SE HACE SABER que ante este tribunal cursa solicitud de ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, formulada por la ciudadana OROMAICA ANTONIETA CHIQUITO ALVAREZ venezolana, meyor de edad, titular de la cédula de identidad NV-24.549.462, actuando en nombre propia y en representación de sus hermanos los ciudadanos FRANCIS VERONICA CHIQUITO ALVAREZ, CARLOS EDUARDO CHIQUITO ALVAREZ E ISMAR VIRGINIA CHIQUITO DE HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros, V-16.795.904, V- 17.195.654 y V- 17.195.655, debidamente asistida por la abogada en ejercicio LILIANA GUERRERO SOLORZANO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 177.101, en su condición de Defensora Publica Provisoria Primera en Materia Civil del Estado Lara. Con la finalidad de que se les declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus, VICENTE RAMON CHIQUITO HIDALGO, quien falleció ab-intestato el dia 22 de Febrero del año 2024, cuyo domicilio lo estableció en Zona Industrial II, carrera 5 entre calles 25 y 26, parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara. En consecuencia se publica el presente EDICTO à fin de que cualquier persona que tenga interés directo y manifiesto en el asunto concurra ante este Tribunal DENTRO DE LOS DIEZ (10) DÍAS DE DESPACHO SIGUIENTES a la constancia en autos de la publicación y consignación del mismo, a exponer lo que crea conveniente. La Juez Provisorio. Fecha de Publicación: 26/03/2024.