SE HACE SABER, que ante este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medida del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, cursa demanda por DESALOJO DE VIVIENDA instaurada por el ciudadano ESTEBAN MEJIAS, titular de la cédula de identidad N» V-8.779.588, Abogado En Ejercicio inscrito bajo el inpreabogado N° 102.084, en su carácter de apoderado judicial de las ciudadanas LEONELLA SILVA, DUILAN SILVA Y AIDA SILVA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad V-7.984.913, V-2.594.959 y V-2.595.793 respectivamente, según documento Poder autenticado por ante la Notaria Publica Cuarta de Barquisimeto, estado Lara, de fecha 22/09/2016, bajo el N° 49, Tomo 236, folios 171 hasta 173 del libro de Autenticaciones; contra el ciudadano: WOLFAN SAUL PEREZ TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.064.918; en dicho juicio se determinó mediante Sentencia Definitivamente Firme de fecha 25/04/2018, el Desalojo de un inmueble ubicado en: Calle 15 entre 7 y 8 de la Urbanización Pio Tamayo de la ciudad de El Tocuyo, Municipio Moran del Estado Lara, el cual fue el último domicilio del ciudadano WOLFAN SAUL PEREZ TOVAR, quien falleció en fecha 14/09/2022 en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara según Acta N° 3101 del año 2022 emitida por la Unidad de Registro Civil del Hospital Central Antonio María Pineda de Barquisimeto, Estado Lara. En consecuencia, se acuerda publicar el presente EDICTO de conformidad con el articulo 231 del Código de Procedimiento Civil los cuales deben ser publicados en Dos periódicos de mayor circulación regional a fin de emplazar a los Sucesores Desconocidos del ciudadano, antes identificado, para que comparezcan ante este Tribunal en un término de SESENTA DÍAS CONTINUOS en horario de despacho de las 8:30 a.m, a las 3:30 p.m; a la constancia en autos de la última publicación y consignación del mismo. La Jueza Suplente. Fecha de Publicación: 26/04/2024.