REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de noviembre de dos mil veinticuatro
214″ y 165°
ASUNTO: ΚΡΟ2-8-2024-002926
SE HACE SABER:
Que en la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO incoada por el Ciudadano: JOSÉ EUSTORGIO FREITEZ SIVIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N» V-7.322.016, asistida por la abogada en ejercicio TIRSA YANETH RODRIGUEZ MENDOZA, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 207.922, mediante la cual pretende la rectificación del ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano inserta bajo el N° 3081, año 1961 del Libro de Registro Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara, por cuanto en la misma aparece errado el nombre de la madre MARIA AMBROSINA SIVIRA, cuando lo correcto es MARIA AMBROSIA ALVAREZ, es todo.- Este Tribunal, a tenor de lo dispuesto en el articulo 770 del Código de Procedimiento Civil, ordenó emplazar mediante CARTEL a todas las personas que puedan ver afectados sus derechos por causa de la rectificación solicitada, para lo cual deberán comparecer por ante este Tribunal DENTRO DE LOS DIEZ DIAS DE DESPACHO DESPUÉS DE CONSTAR EN AUTOS LA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE CARTEL, a manifestar lo que consideren pertinente en relación a la presente solicitud.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. ADRIANA AVANCIN
LA SECRETARIA,
ABG. SLAYNE AULAR
ACA/SAV/ac