Producto de la acusación presentada por el Ministerio Público, fue condenado Raúl Fildelfio Pulido Cárdenas (59) a ocho años y seis meses de prisión, luego de admitir en juicio su responsabilidad en el abuso sexual cometido en contra de la hija de su pareja, una niña de tres años de edad.
Tal hecho fue descubierto el 8 de abril de 2022 y denunciado por el abuelo de la víctima ante el Consejo de Protección al Niño, Niña y Adolescente en San Cristóbal, capital del Estado Táchira.
De acuerdo con la investigación, durante la referida fecha, la madre de la niña la entregó a su abuelo para dejarla bajo su cuidado, pero, mientras compartía con ella, el hombre descubrió que la pequeña tenía manchas de sangre en la ropa interior.
En tal sentido, solicitó ayuda a una vecina, quien, tras ver la situación, le prestó apoyo para llevarlos hasta el Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente.
Tras rendir testimonio sobre el hallazgo, la niña fue remitida al Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses (Senamecf); donde las evaluaciones determinaron que la niña había sido abusada.
En tal sentido, se notificó lo ocurrido a funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc).
Así, una comisión de dicho organismo policial se trasladó hasta el sector La Invasión, en la parroquia La Concordia, donde se materializó la aprehensión de Pulido Cárdenas, ese mismo día, para dejarlo a disposición del Ministerio Público.
Durante la audiencia de juicio, la Fiscalía 22ª de Táchira ratificó la acusación en contra de Pulido Cárdenas por la comisión de abuso sexual a niña con penetración.
Una vez que la representación fiscal evacuó los medios de prueba concernientes al caso, el acusado tomó la palabra para admitir la comisión de los hechos; mientras que el Tribunal 1º de Juicio, Audiencias y Medidas en Materia de Violencia Contra la Mujer dictó la condena en su contra, además de ordenar su reclusión en la sede del Centro Penitenciario de Occidente, en Santa Ana del Táchira.
(Información contenida en la Página Web del Ministerio Público venezolano)
Gráfica: Referencial
RG