La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) responsabilizó al Estado venezolano por la muerte de cinco adolescentes, ocurrida el día 30 de junio de 2005, a consecuencia de un voraz incendio ocurrido en el Centro de Tratamiento y Diagnóstico “Monseñor Juan José Bernal”, en el estado Bolívar.
El centro correccional de menores está adscrito al Instituto Nacional del Menor (INAM) y está ubicado específicamente en la San Félix, al sur de Venezuela.
La información está contenida en una nota de prensa emanada del Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP), según la cual, desde el mismo día en que ocurrieron los hechos, esta ONG se dedicó con ahínco a investigar los hechos, procurando que los familiares de los fallecidos obtuvieran plena justicia.
Después de 15 años de arduas y difíciles actividades investigativas y de promoción de pruebas, finalmente sale la decisión del organismo internacional, basada en que el siniestro que originó la muerte «no pudo ser controlado por la falta de equipamiento adecuado y la actuación tardía de las autoridades».
Además, el Estado debía garantizar medidas especiales de protección en tanto la privación de libertad de los cinco jóvenes comenzó cuando todavía eran menores de 18 años de edad.
La CorteIDH determinó que «hubo actuaciones negligentes» y que, aunque tres personas fueron imputadas, la audiencia de juicio fue diferida en múltiples ocasiones y el proceso, luego de más de 15 años, no ha concluido.
Según el informe de la ONG, durante el arduo proceso investigativo, el Estado venezolano estuvo totalmente ausente. Sin embargo, según la Corte, con sede en Costa Rica, el Estado de Venezuela reconoció su responsabilidad por la violación a los derechos humanos cometida en esta situación y se comprometió, además, a cumplir con las reparaciones integrales correspondientes.
Al final, la CIDH emitió su decisión, que contempla -además de la condena al Estado venezolano- que se juzgue y sancione a las personas responsables de tales muertes, así como determinar las responsabilidades administrativas y disciplinarias del caso.
Los jueces ordenaron en la sentencia que el Estado venezolano debe impulsar, continuar y concluir las investigaciones y procesos judiciales necesarios juzgar y sancionar a las personas responsables de las muertes.
Además, el Estado deberá brindar tratamiento psicológico o psiquiátrico a los familiares de las víctimas fallecidas que así lo requieran, además de pagar indemnizaciones por un total de 1.060.000 dólares a los familiares de las víctimas por concepto de daño material e inmaterial.
Otro punto de la sentencia ordena a Venezuela implementar un protocolo para circunstancias de incendio o emergencias en centros de privación de libertad de adolescentes, si no cuenta ya con uno.
El texto integral de la sentencia debe publicarse en la Gaceta Oficial.
Reinaldo Gómez
FOTO: Cortesía Open Democracy