Reinaldo Gómez.- “Con la implantación de la justicia transicional, vale decir la que se establecerá durante al período de transición posterior a la salida de este gobierno, no es venganza lo que se busca, sino que se establezca la verdad plena en cuanto a los innumerables delitos de violación de los derechos humanos que se han cometido en Venezuela durante los últimos 20 años, pero también que, además, se sancione debidamente a quienes los cometieron, sin –insisto– ningún ánimo de venganza, pues, precisamente, por eso mismo es que se deberá crear esa justicia transicional, que ahora la llamamos así, pero a la que, en su momento, se le podría asignar otra denominación”.
La anterior manifestación provino del doctor Jorge Rosell, exmagistrado de la Corte y del Tribunal Supremo de Justicia (CSJ y TSJ), en conversación sobre tan interesante materia con este diario.
Comenzó nuestro entrevistado por aclarar que una justicia transicional es siempre producto de cualquier transición política –valga la redundancia– que se pueda producir en un determinado país.
Y, en ese sentido, vislumbró dos escenarios.
-Uno, que un grupo de individuos en una nación violente allí los derechos humanos de una forma masiva y sistemática, y dos, que sean las propias instituciones del Estado las que los violenten, o cometan, esos delitos”.
–En el primero de tales casos, tenemos como ejemplo a nuestra vecina Colombia, en la que un grupo, o varios grupos violentos, valga decir la guerrilla, son quienes los violentan; y, luego, los casos de Chile y Argentina en el pasado, y de Venezuela en la actualidad, en donde el violador de los derechos humanos fue el Estado, en los dos países citados en primer lugar, y desde hace 20 años, el Estado venezolano. La idea es, en todo caso, que se le devuelva la dignidad humana al ciudadano, dentro de un Estado en el que verdaderamente se respeten sus derechos humanos, o en el que, al menos, la violación de éstos sea una excepción y no la regla, como ocurre ahora.
Arbitrario
-Como es sabido –añadió–, en Venezuela lo que tenemos desde hace ya dos décadas es un gobierno arbitrario, que no respeta la ley, y que aplica una justicia a su simple real y entender.
-En otras palabras –enfatizó– en Venezuela no hay democracia.
-Quiero insistir en que, para que haya o para que se implante una justicia transicional, esa violación de los derechos humanos tiene que ser masiva y sistemática, y no de casos aislados.
Pero –le preguntamos–, ¿De qué manera funcionaría esa justicia transicional? ¿Sería de acuerdo con las leyes actuales acaso?
-Mira: Ésa sería una justicia que va a funcionar de manera paralela a la justicia ordinaria actual, y sería el Estado mismo, a través de la Asamblea Nacional (AN), el que legislaría debidamente acerca de los órganos que van a encargarse de ella, e igualmente tendría que, esa misma ley, abocarse a la parte sustantiva de la misma, es decir, acerca de cómo los jueces van a juzgar cada caso en particular.
–Hay otras vertientes de la justicia transicional proyectada, aparte de los tribunales respectivos a que antes me referí, que serán los que tratarán de determinar los delitos cometidos, así como a sus autores, pues se debe igualmente garantizar la no repetición de tales violaciones, y finalmente identificar a las respectivas víctimas de esas violaciones a los derechos humanos, para el debido resarcimiento pecuniario por los daños causados que la misma ley establecerá, con el agregado del reconocimiento a la dignidad con ello mancillada.
-Incluso, yendo un poco más allá: Yo propondría que ese sistema de justicia transicional no tuviese casación, o sea que no tuviese consulta en el TSJ sino una fase de primera instancia, y una segunda fase, que sería de apelación, de manera que los juicios, o los procesos, no se hagan ni tan engorrosos ni tan extensos.
Sin modificar
-Para tal fin, ¿No será necesario modificar la Constitución del país?
-En absoluto. No sería necesario porque el funcionamiento de una justicia transicional no colide con las actuales normas constitucionales.
-Esa justicia transicional, o esa Ley de Justicia Transicional, ¿Tendría un tiempo determinado de vigencia?
-Bueno, se supone que esa ley deberá tener un lapso estimado para su funcionamiento. Entiendo que, una vez aplicadas las debidas sanciones a todos aquellos a quienes se les encuentre culpables, deberá dejar de funcionar.
Específicamente, ¿Esa ley sería adelantada y ejecutada por tribunales especiales?
-Obvio. Esa ley sería para, entre otras cosas, crear los respectivos tribunales especiales que, como ya dije, se encargarían de aplicarla. Pero es que también sería una manera de encarar esa violación masiva y sistemática de los derechos humanos, con el fin de que los autores mismos de estos delitos colaboren con la reinstitucionalización del sistema democrático el país. En otras palabras, eso significa que la misma ley contemplaría atenuantes para aquellos autores que, de manera voluntaria, sincera y útil, aporten información que contribuya a clarificar aún más esos mismos delitos, u otros delitos similares y a sus respectivos autores.
Leyes justas
Pero –le insistimos–, ¿Eso no es una manera de cobrar venganza?
–No, señor, porque la justicia transicional se diferenciará de la venganza en que la misma se basará y funcionará mediante leyes justas, y cuyos objetivos fundamentales son los de aplicar la sanción correspondiente a quienes se les compruebe plenamente –y no por simples sospechas, o por simple cacería de brujas– estar incursos en esas violaciones a los derechos humanos.
Le comentamos a nuestro entrevistado que el actual gobierno y sus afines insisten y remachan casi hasta la saciedad lo de las violaciones a los derechos humanos por parte de la llamada “cuarta república”, y destacan con mucho ahínco las masacres de Yumare, El Amparo y Cantaura, realmente famosas en su momento.
Entonces –le preguntamos-, como jurista, ¿Ve usted alguna diferencia entre tales masacres y aquella de enero de 2018 en Caracas, en la que fueron ultimados Oscar Pérez y otros ocho acompañantes?
-En absoluto. No hay ninguna diferencia, pese a todo lo que el gobierno dijo y vociferó en su momento para tratar de justificarla.
-¿Y el delito de corrupción pudiera incluirse en esa ley especial, como parte de esas violaciones los derechos humanos?
-Pues, mira: Las nuevas corrientes del derecho universal consideran que la corrupción también puede significar una violación a los derechos humanos, ya que, como todo el mundo lo sabe, eso -es decir, la corrupción- repercute negativamente en la calidad de vida de los venezolanos, en áreas tales como la salud, la vivienda, la educación, etc., al extremo de que, incluso, se han dado casos, y así se ha denunciado, en que han muerto ancianos y niños por malnutrición; que igualmente en los hospitales los pacientes se mueren de mengua por la falta de insumos; que los niños reciben una educación a medias o muy deficiente; que ahora hay mucho más ranchos que antes, etc.
-Entonces, cabría preguntarse: ¿Eso no es una violación masiva y sistemática de los derechos humanos? En todo caso, en su momento, imagino que esa ley especial se encargará de decidir al respecto.
-Y si alguien le dijese a usted que esa ley especial pudiera asemejarse a la llamada Ley contra el Odio que aprobó la anterior Asamblea Nacional, de mayoría chavista, ¿Qué le respondería usted?
-Que son dos cosas totalmente distintas, pues la llamada Ley contra el Odio no tiene ningún objetivo de justicia, ni sentido alguno, sino que encierra un claro objetivo político y de revanchismo. Ésa sí es una ley para la venganza política, y, aun cuando ellos, los del gobierno, nunca lo han querido reconocer, es una ley para perseguir y castigar a los opositores. De hecho, a quien se le ha aplicado es a la dirigencia opositora. Así de sencillo.
REYNALDO TE ACUERDAS DEL FAMOSO CASO DE AQUELLA MUJER ASESINADA EN MARACAY Y RADICADO EN LARA DONDE ESTE SEÑOR FUE EL JUEZ Y SALIO EN LIBERTAD Y LUEGO ESTE SEÑOR FUE DESIGNADO MAGISTRADO DE LA CORTE SUPREMA, TE ACUERDAS REYNALDO DE COMO ERAN LAS DESICIONES EN ESA EPOCA DEL JUEZ ROSSEL.