REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de
la Circunscripción Judicial del estado Lara
Barquisimeto, veintitrés (23) de Enero (01) de dos mil veinticinco (2025)
214 y 1650
ASUNTO: KP02-5-2024-003803
EDICTO
SE HACE SABER:
Que ante este tribunal cursa solicitud de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, por la ciudadana AURA JOSEFINA PARRA DE PIÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.118.622, actuando en nombre propio y en representación del ciudadano JOSE RAFAEL PIÑA PARRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 27.436.360; debidamente asistida por la abogada EDITH AMELIA GARCIA PAEZ, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 81.333. Con la finalidad de que se les declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus RAFAEL RAMON PIÑA FRANCO, quien falleció ab-intestato el día 06 de Septiembre de 2024, cuyo domicilio lo estableció en Condominio 02, calle 1, casa 10, Villa Productiva, Parroquia Ana Soto, Municipio Iribarren del estado Lara. En consecuencia se publica el presente EDICTO a fin de que cualquier persona que tenga interés directo y manifiesto en el asunto concurra ante este Tribunal DENTRO DE LOS DIEZ (10) DIAS DE DESPACHO SIGUIENTES a la constancia en autos de la publicación y consignación del mismo, a exponer lo que crea conveniente.
La Juez Provisorio,
Abg. Arvenis Soiree Pinto Noguera.
La Secretaria Suplente,
Abg. Nailee Castillo.
NOTA: el Edicto deberá ser publicado en dimensiones que permitan su fácil lectura, en un tamaño no menor de 8 puntos, y destacándose mediante el uso del tipo de letra de Imprenta denominada «negrita» los nombres de las partes y el motivo del juicio.
ASPN/NCC/apc