“La legalidad como principio”
Parte I.
El Principio de Legalidad es un principio fundamental, conforme al cual todo ejercicio de un poder público debe realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción, no a la voluntad de las personas. Si un Estado se atiene a dicho principio entonces las actuaciones de sus poderes estarían sometidas a la Constitución y al estado actual o al imperio de la ley.
Se considera que la seguridad jurídica requiere que las actuaciones de quienes ejercen los poderes públicos estén sometidas al principio de legalidad. Es una condición necesaria para afirmar que un Estado es un Estado de derecho, pues en el poder tiene su fundamento y límite en las normas jurídicas. La institución de la reserva de Ley obliga a regular la materia concreta con normas que posean rango de ley, particularmente aquellas materias que tienen que ver la intervención del poder público en la esfera de derechos del individuo. La reserva de ley, al resguardar la afectación de derechos al Poder legislativo, refleja la doctrina liberal de la separación de poderes. El principio de legalidad garantiza la seguridad jurídica.
Fuente: Transcrito de Wikipedia.
¿Se está cumpliendo con lo expreso en los artículos 305 y 306 constitucionales y con el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Naciones Unidas?
El Informe Alternativo elaborado por el Observatorio Venezolano de la Salud (OVS), la Fundación Bengoa y el Centro de investigaciones Agroalimentarias (CIAAL), para la consideración por parte de los miembros del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, con motivo del examen que realizara el Estado venezolano sobre el cumplimiento e implementación de las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, celebrado en junio del 2015, en Ginebra. Aborda el artículo 11 del Pacto, en el que se reconoce el derecho a una alimentación adecuada (artículo 11.1) y el derecho a la protección del hambre (artículo 11.2), de acuerdo con la Observación General N° 12 del Comité, textualmente expresa, cito:
“La situación alimentaria en Venezuela se caracteriza por una significativa contracción de la producción nacional de alimentos y el uso intensivo de las importaciones, las cuales registran una caída durante los últimos años. Estas dos características juntas producen una permanente escasez y, como consecuencia de ello, una situación de alta vulnerabilidad respecto a la protección contra el hambre, puesto que los programas existentes no tienen la capacidad de llegar a los sectores que más lo necesitan. En este sentido, se observa el aumento de la obesidad y de la desnutrición, aunque existen serias restricciones de acceso a la información y disponibilidad de datos, lo que trae como consecuencia que en estos momentos se desconozca la profundidad del impacto de las medidas económicas en la escasez y, de ésta, en las condiciones nutricionales actuales de la población. En este sentido, la afirmación del Estado de que “Hoy en Venezuela el 95,4% de los venezolanos comen 3 y más veces al día”, contrasta con otras cifras en las que, para el año 2014, ya existía 11,2% de personas que realizaban menos de 2 comidas al día, según la encuesta de Condiciones de Vida de los venezolanos (ENCOVI, 2014) realizada por tres universidades: Universidad Central de Venezuela, Universidad Simón Bolívar y Universidad Católica Andrés Bello.
Vista esta situación y en función de garantizar la disponibilidad y accesibilidad de los alimentos, las organizaciones que realizamos este informe, solicitamos a los miembros del Comité, se exhorte al Estado, a adoptar políticas económicas que permitan un proceso de reducción de la escasez y del desabastecimiento, tomando medidas que fomenten una economía libre y abierta, y se revisen los controles de precios, puesto que los productores no deben vender a pérdida sus productos. Particularmente, en el ámbito agroalimentario, es recomendable aplicar medidas que estimulen la producción de alimentos, en concordancia con las necesidades calóricas y de nutrientes de la población venezolana, eliminar la política de expropiación de tierras para asegurar que el Estado no contribuya con ello al abandono de proyectos agrícolas, y respetar la propiedad privada, para que existan propietarios alternativos al Estado y se generen incentivos a los productores. También es necesario diversificar la industria y realizar importaciones eficientes de alimentos para combatir la escasez y evitar el hambre en el futuro…”
Continuará…