EDICTO | Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS signada bajo el N° 01735-24, presentado por MAYLIN COROMOTO PERNIAS SALAS. Fecha de Publicación: 22/04/2024. < El Informador Venezuela
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EDICTO | Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS signada bajo el N° 01735-24, presentado por MAYLIN COROMOTO PERNIAS SALAS. Fecha de Publicación: 22/04/2024.

SE HACE SABER que este Tribunal por auto de esta misma fecha, admitió la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS signada bajo el N° 01735-24, presentado por la ciudadana: MAYLIN COROMOTO PERNIAS SALAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-16.647.697, actuando en representación de la ciudadana: MARIA MILAGRO GRIMAN OJEDA, venezolana, mayor edad, titular de la cédula de Identidad N° V-21.160.263 con domicilio en la República de Chile, tal como se evidencia en Instrumento Poder debidamente apostillado por la República de Chile bajo la convención de la Haya del 05 de octubre de 1961, con el Nº EAC5811575 de fecha 25-03-2024 y debidamente asistida por la profesional del derecho ciudadana ELDY MARIANI IRIBARREN ORELLANA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-23.578.279, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 235.502; donde solicita que se le declare a ella en su condición de hija, como ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del causante PEDRO ISMAEL GRIMAN, quien era venezolano, de 66 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-5.129.552, fallecido ad intestato, el día siete de Marzo de dos mil veinticuatro (07-03-2024), en el Hospital Universitario Doctor Miguel Oraá de esta ciudad de Guanare, Estado Portuguesa, tal como se evidencia en copia fotostática certificada de Acta de Defunción Nº 259, folio 012, de fecha 11- 03-2024, expedida por la Oficina del Registro Civil del Municipio Guanare estado Portuguesa en fecha 07-03-2024, la cual se encuentra inserta a la solicitud. En consecuencia, se le hace saber a todas aquellas personas que tengan interés directo y manifiesto en el asunto, pueden concurrir por ante este Juzgado dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la publicación, consignación y la fijación en la cartelera del Tribunal del presente Edicto, en horas laborables, a exponer lo que considere conveniente en relación a la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 770 del Código de Procedimiento Civil. El Edicto deberá ser publicado en UN DIARIO DE MAYOR CIRCULACIÓN NACIONAL, en letras y con dimensiones legibles, caso contrario no se le dará el curso de Ley correspondiente. Se advierte que la consignación de la publicación en la solicitud, deberá hacerse dentro del lapso de quince (15) días continuos a partir que la parte solicitante reciba el edicto. La Jueza Suplente. Fecha de Publicación: 22/04/2024.
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