Producto de la acusación realizada por el Ministerio Público, fueron condenados a 29 años de prisión Dionnis José Rondón Marchan (25) y Elizabeth Alejandra Chacín Marcano (18) por su responsabilidad en la muerte de la hija de ambos, de 1 año de edad, hecho ocurrido el 20 de agosto del 2020 en el municipio “Juan Antonio Sotillo” del Estado Anzoátegui.
Ese día, los hoy condenados trasladaron a la lactante hasta el Seguro Social de Guaraguao, ubicado en Puerto La Cruz, en la misma entidad federal, luego de una caída que había sufrido en el baño de su casa.
Una vez en el lugar, los médicos de guardia se percataron que no presentaba signos vitales, por lo que alertaron a funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.
Luego de la autopsia respectiva, se determinó que la causa de muerte de la bebé se debió por un golpe en la cabeza y fractura del fémur, lesiones que fueron causadas por sus progenitores.
En consecuencia, la pareja fue aprehendida el mismo día en el centro asistencial y puesto a la orden del Ministerio Público.
Durante el juicio, la Fiscalía 23ª de la mencionada entidad federal ratificó la acusación contra los agresores por la comisión de delito homicidio intencional en grado autores perpetrado en la persona de su descendiente.
Una vez evaluados los medios y órganos de prueba expuestos por la representación fiscal, el Tribunal 2º de juicio de la referida jurisdicción dictó la referida condena contra el hombre y la mujer, quienes cumplirán la pena en el centro de Reclusión Agroproductivo de Barcelona y el Instituto Nacional de Orientación Femenina, respectivamente.
Fuente: Página Web-Ministerio Público
Gráfica: Referencial
RG