REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO
URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
SIQUISIQUE, 29 DE NOVIEMBRE DE 2024
214° Y 165°
EDICTO
Por ante este Tribunal, cursa asunto, signado bajo el Nro. 6008-2024, relativo a solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por: GLORIA ELOISA GUTIERREZ DE ROLDAN, NANCY LUCIA GUTIERREZ DE BRIZUELA, AURA ROSA GUTIERREZ DE PIÑA, ANIBAL SEGUNDO GUTIERREZ PIRE (DIFUNTO), BILMARY PASTORA GUTIERREZ PIRE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.341.210, V-9.114.999, V-9.114.997, V- 7.399.162, V-7.449.255, asistidas del abogado. CARLOS EUGENIO PIRE SALERO, inscrito en el Inpreabogado Nro. 207.852, mediante la cual solicitan sean declarados Únicos y Universales Herederos de la causante: ROSA EMILIA PIRE DE GUTIERREZ, quien era venezolana, mayor de edad, casada, era domiciliada el caserío Agua Buena, Parroquia Siquisique, Municipio Urdaneta del Estado Lara, Cédula de Identidad Nro. V-1.278.934, fallecida Ab-intestato en el lugar de habitación, el día DIECISIETE (17) DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES (2023), según certificación de acta de defunción Nro. 4, expedida por Registro Civil del Municipio Urdaneta del Estado Lara, en consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el último aparte del artículo 507 del Código civil, se publicará el presente edicto, a fin de que cualquier persona que tenga interés manifiesto y directo en el asunto concurra ante este Tribunal, dentro de los diez (10) días de Despacho, siguientes a la constancia del mismo, en horas de Despacho a hacerse parte y exponer lo que considere
LA JUEZ
ABG: FLOREYMA PIRE PEROZO
LA SECRETARIA
ABG. ILIANA MELENDEZ