CONVOCATORIA | La junta de condominio de Residencias Doña Migue convoca a los propietarios a una asamblea extraordinaria. FECHA DE PUBLICACIÓN: 09/04/2025 < El Informador Venezuela
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CONVOCATORIA | La junta de condominio de Residencias Doña Migue convoca a los propietarios a una asamblea extraordinaria. FECHA DE PUBLICACIÓN: 09/04/2025

RESIDENCIAS DOÑA MIGUE
Carrera 24 entre calles Calle 27 y 28. Barquisimeto-Estado Lara
RIF: J-29958902-0

CONVOCATORIA

 

Se convoca a los Propietarios para una Asamblea Extraordinaria a celebrarse el:

DIA: Martes 15 de Abril 2025
HORA: 3:00 p.m.
LUGAR: Área de circulación del Estacionamiento del Edificio

 

PUNTOS A TRATAR:

 

  1. 1. Rendición de Cuentas por la Junta de Condominio 2023-2024. (Presentación de Informe Contable Lic. Ligia Linares).
  2. Considerar y decidir sobre elección de la Junta de Condominio 2025-2026
  3. Considerar y decidir sobre el nombramiento del Administrador, Art. 19 de la LPH.
  4. Puntos varios a exponer y decidir por la Asamblea de Copropietarios artículos del Reglamento Interno, 3, 4,5, 9, 15, 22 y 23. Considerar y decidir sobre el daño sufrido a la cerradura del portón del estacionamiento.

Barquisimeto, Miércoles 09 de Abril 2025

p/LA JUNTA DE CONDOMINIO

MARIA DE ZEKENDORF
PRESIDENTE

NOTA:

1. “Artículo 27: Para la validez de las deliberaciones, acuerdos y resoluciones de las Asambleas se requerirá la presencia o representación de un conjunto de propietarios cuyo porcentaje en los bienes comunes no sea inferior a los dos tercios (2/3) del valor total de los mismos. Si en la primera reunión no hubiere quórum, se efectuará una segunda convocatoria con la misma anticipación indicada en el número anterior, y si a esta segunda reunión no asistiere un número de propietarios que represente al menos el cincuenta por ciento (50%) del condominio, se procederá a una tercera y última convocatoria, siendo válidas las decisiones que se tomaren en Asamblea, cualquiera sea el número de asistentes”
2. Art. 29 del Documento de Condominio “Los propietarios podrán designar representantes a los asistentes mediante comunicación escrita”. Art. 28 del Documento Condominio “…Los acuerdos y decisiones tomados en Asambleas obligarán a los propietarios, aun cuando no hubiere asistido a la reunión…”

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